Respuesta directa: Para instalar fotovoltaica en tu empresa sin riesgos, debes cubrir cinco frentes legales:…

RD 244/2019 explicado: la normativa fotovoltaica que regula el autoconsumo en España
Si quieres instalar placas solares en tu vivienda, empresa o comunidad, necesitas entender qué regula el RD 244/2019. Esta norma es la base de la normativa legal fotovoltaica en España (actual y aplicable) y afecta directamente a cómo consumes, compartes y compensas tu energía.
Hoy, más de 270.000 instalaciones de autoconsumo están registradas en España (según datos de MITECO, 2024) y la cifra sigue creciendo. Pero muchas comunidades de vecinos, pymes y promotores se encuentran con problemas porque no saben qué modalidad les conviene, qué permisos necesitan o cómo acreditar que sus instalaciones son “próximas”.
En esta guía de Puentes de Muras Legal, abogados especializados en derecho fotovoltaico, te explicamos de forma sencilla todo lo que debes saber para cumplir con la ley, evitar retrasos y optimizar tu inversión.
Qué es el RD 244/2019 y por qué te afecta
El RD 244/2019 regula el autoconsumo en España: define las modalidades, cómo se reparten los excedentes, qué permisos son necesarios y cómo se mide y factura la energía.
En resumen, esta norma:
- Introdujo el autoconsumo colectivo.
- Creó la compensación simplificada de excedentes para instalaciones ≤100 kW.
- Estableció los supuestos de exención de permisos de acceso y conexión.
- Reguló las instalaciones próximas a través de red.
Modalidades de autoconsumo: elige la que te conviene
Existen tres modalidades bajo el RD 244/2019:
- Sin excedentes: no viertes a la red gracias al equipo de antivertido. Ideal si buscas simplicidad y rapidez de tramitación.
- Con excedentes con compensación simplificada: puedes autoconsumir y recibir un descuento mensual en tu factura por la energía vertida (hasta 100 kW, renovable y sin régimen específico).
- Con excedentes sin compensación: vendes tu energía como productor, con obligaciones fiscales y de mercado.
👉 Hasta ahora solamente hemos hablado del autoconsumo, que es más relevante para particulares. Si tienes dudas sobre los aspectos legales instalaciones fotovoltaicas de empresas, consulta nuestra guía sobre aspectos legales derecho fotovoltaico para empresas.
Autoconsumo colectivo: así se reparte la energía
Sí, puedes compartir una instalación con otros consumidores. El RD 244/2019 lo permite bajo dos fórmulas:
- Coeficientes fijos: cada consumidor recibe siempre el mismo porcentaje de energía.
- Coeficientes variables por hora (Orden TED/1247/2021): permiten repartir en función del consumo horario real.
Esto abre la puerta a comunidades de vecinos, cooperativas y ayuntamientos que quieren maximizar el aprovechamiento de la energía.
Instalaciones próximas: las 4 vías legales
Para que tu consumo pueda vincularse a una instalación de generación, el RD 244/2019 establece cuatro criterios de proximidad:
- Estar en la misma red interior.
- Compartir el mismo centro de transformación en baja tensión.
- Estar a menos de 500 metros.
- Tener la misma referencia catastral principal.
Esto es clave en autoconsumo colectivo o cuando quieres compartir energía entre edificios municipales.
Trámites y permisos: hoja de ruta paso a paso
No siempre necesitas permisos de acceso y conexión. Según el RD 244/2019:
- Estás exento si tu instalación es sin excedentes o ≤15 kW en suelo urbanizado.
- Si superas esos límites, aplican los trámites del RD 1183/2020.
En todo caso, deberás comunicar tu instalación a la distribuidora y, en algunos casos, registrarla en el registro autonómico o estatal.
Medida y facturación: qué contadores necesitas
La respuesta es clara: necesitas al menos un contador bidireccional en frontera. Además, en instalaciones colectivas o próximas a través de red, suele exigirse un contador de generación adicional.
En la compensación simplificada, la distribuidora calcula cada mes tus saldos netos horarios y aplica un descuento en tu factura de electricidad.
Ejemplos prácticos
- Comunidad de vecinos: 20 viviendas en el mismo CT y a 320 m → pueden acogerse al reparto horario variable.
- Pyme con 80 kW: se acoge a compensación simplificada y ahorra un 30 % anual en su factura eléctrica.
- Ayuntamiento: varios edificios con la misma referencia catastral comparten cubierta solar.
Errores típicos que debes evitar
Los errores más comunes en proyectos fotovoltaicos son:
- No documentar la proximidad (ej. olvidar el plano de 500 m).
- Confundir potencia de inversor con potencia de campo FV.
- No prever la instalación del contador de generación en autoconsumo colectivo.
Checklist legal express
Antes de firmar un contrato o instalar, revisa:
- Permisos de acceso/conexión.
- Acuerdo de reparto (si es colectivo).
- Tipo de contador necesario.
- Registro autonómico o estatal.
- Responsabilidades en contratos de mantenimiento y PPA.
Preguntas frecuentes
¿Puedo acogerme a compensación si somos varios?
Sí, también en autoconsumo colectivo, siempre que se cumplan los requisitos de potencia y proximidad.
¿Cuál es la distancia máxima de proximidad?
500 metros, además de otras opciones como mismo centro de transformación o misma referencia catastral.
¿Necesito permisos de acceso siempre?
No. Estás exento en sin excedentes y en ≤15 kW en suelo urbanizado.
¿Qué contadores debo instalar?
Un bidireccional y, en ciertos casos, un contador de generación adicional.
¿Puedo tener baterías en autoconsumo?
Sí, siempre que cumplas con los requisitos técnicos y de seguridad.
Conclusión y siguiente paso
El RD 244/2019 es la norma clave que define cómo puedes instalar y aprovechar tu energía solar en España. Si eliges la modalidad correcta, acreditas bien la proximidad y tramitas los permisos adecuados, tu proyecto será más rentable y libre de sorpresas legales.
Si además quieres entender mejor cómo evoluciona el sector, te recomendamos leer nuestro artículo sobre el mercado fotovoltaico en España.
Y si necesitas un acompañamiento legal experto, confía en nosotros: somos abogados especializados en derecho fotovoltaico y podemos revisar tu proyecto, redactar contratos y asegurar que cumples con toda la normativa.